sábado, 7 de mayo de 2011

EL M.I.R. QUIERE QUE MOSTREMOS NUESTRO D.N.I. A TODOS EN NUESTRA PLACA???

LA ORDEN MINISTERIAL que regula al personal de seguridad Privada (Orden INT/318/2011 del 1 de febrero de 2011; BOE del 18-II-2011) lo dice muy clarito, nuestra tarjeta de identidad profesional tendrá que llevar nuestro número de D.N.I., por lo tanto nuestra PLACA que estamos obligados a exibir públicamente en el pecho, también, por la sencilla razón de que lleva el nº de nuestro TIP. ¿Es que han perdido nuestros números de placa?¿No les quedan más para poner?¿O es que ya no nos pueden humillar más?. A mi me gustaría saber dónde se mete el M.I.R. la Ley de Protección de datos personales.
Pues bien, yo me pondré mi número de D.N.I. en la placa cuando lo hagan todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Vamos que también me pondré mi dirección y número de teléfono para que los delincuentes me esperen a la puerta de casa cuando llegue del servicio.


ANEXO V

Características de la tarjeta de identidad profesional

1. La tarjeta de identidad profesional del personal de seguridad privada, excepto los guardas particulares del campo y sus especialidades, tendrá las siguientes características:

Sus dimensiones serán de 85,60 mm de ancho y 53,98 mm de alto y llevará estampados, en el anverso, de forma destacada y preeminente, los literales «SEGURIDAD PRIVADA» y «TARJETA DE IDENTIDAD PROFESIONAL», y en su parte superior, el texto «Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil», el escudo nacional de España, los textos «GOBIERNO DE ESPAÑA» y «MINISTERIO DEL INTERIOR» y los colores de la bandera nacional española y de la Unión Europea.

La tarjeta de identidad profesional recogerá los siguientes datos de su titular:

En el anverso:

Fotografía.

Fecha límite de validez.

En el reverso:

N.º de tarjeta de identidad profesional: que coincidirá con el número del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjero, con todos sus caracteres alfanuméricos.

Apellidos y nombre.

Habilitaciones para las que el documento autoriza a su titular.

Número y fecha de cada habilitación.

Llevará visible el siguiente texto: «Esta tarjeta de identidad profesional es personal e intransferible y sirve para acreditar la condición del titular en los casos y circunstancias en que el ejercicio de su función lo requiera y siempre que le sea exigida por los ciudadanos, Autoridad o sus Agentes».

Asimismo figurará en la base del reverso la fecha de expedición de la tarjeta y el Equipo de Expedición.

BAJA SEÑOR Y TRAE UN POCO DE CORDURA A NUESTROS GOBERNANTES, QUE ESTE PAIS ESTA PERDIDO. AL MENOS TIENE TODA LA PINTA DE ESTARLO, CADA DIA MAS.